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Recuperación de inmuebles

Recupere su inmueble por la vía legal, sin arriesgarse.

Un inquilino que no paga o que no entrega no se saca cambiando la cerradura ni cortando los servicios: eso lo expone a usted. Se recupera con el proceso de restitución, que bien preparado es más rápido de lo que se cree, sobre todo cuando la causal es la falta de pago.

Revisión de un contrato de arrendamiento para iniciar la restitución del inmueble
Restitución · Vivienda y local

Por qué hacerlo bien desde el principio

Lo que se hace mal hoy es lo que alarga el proceso mañana.

La mayoría de las restituciones que se eternizan fallaron antes de la demanda: un preaviso mal enviado, un contrato verbal que nadie puede probar, pagos recibidos después de alegar la mora. Revisamos todo eso antes de radicar, para que el proceso avance sin tropiezos.

  • La justicia por mano propia le perjudica. Cortar servicios, cambiar guardas o sacar los muebles puede generarle responsabilidad y darle argumentos al inquilino.
  • La causal define el camino. Falta de pago, vencimiento del plazo, subarriendo, destinación distinta o necesidad del propietario: cada una tiene sus requisitos.
  • El preaviso es una formalidad que cuenta. Debe hacerse por escrito, con la anticipación que la ley exige y por un medio que se pueda probar.
  • Cobrar y restituir van juntos. En el mismo proceso puede perseguirse la entrega del inmueble y el pago de los cánones y servicios adeudados.

Casos que atendemos

Tres formas de recuperar lo que es suyo.

Vivienda, apartamento, local u oficina. Con contrato escrito o verbal. Con inquilino que no paga o que paga y no quiere irse. Cada caso tiene su camino y lo definimos en la primera revisión.

01

El inquilino no paga

Lleva meses sin pagar o paga parcialmente. Es la causal más rápida: la ley no le permite defenderse en el proceso sin consignar primero lo que debe.

  • Requerimiento y constitución en mora
  • Demanda de restitución
  • Cobro de cánones y servicios
  • Entrega con apoyo de la autoridad
02

El contrato venció y no entrega

Terminó el plazo, usted lo necesita o quiere venderlo, y el inquilino no se va. Aquí el preaviso es todo: revisamos que se haya hecho bien o lo hacemos correctamente.

  • Preaviso conforme a la ley
  • Terminación por necesidad propia
  • Restitución por vencimiento
  • Locales comerciales: desahucio
03

Incumplimiento del contrato

Subarrendó, cambió el uso del inmueble, hizo obras sin permiso o genera problemas con la copropiedad. Documentamos el incumplimiento y demandamos la restitución.

  • Prueba del incumplimiento
  • Subarriendo y cesión
  • Uso distinto al pactado
  • Daños y reparaciones

Cómo trabajamos

Del requerimiento a la entrega.

Cuatro etapas. La primera es la que decide cuánto va a durar el proceso: por eso no demandamos sin haber dejado en orden el contrato, el preaviso y la prueba de la mora.

Revisión del caso

Analizamos el contrato (o la prueba de que existe si es verbal), el estado de los pagos, las comunicaciones cruzadas y la causal aplicable. Le decimos qué falta antes de demandar.

Requerimiento y preaviso

Constituimos en mora al inquilino o enviamos el preaviso de terminación por un medio que deje constancia. Muchos casos se resuelven aquí, con entrega voluntaria o acuerdo de pago.

Demanda de restitución

Radicamos la demanda ante el juez civil con la prueba completa y, cuando procede, pedimos el cobro de cánones y las medidas cautelares. Atendemos el proceso hasta la sentencia.

Entrega del inmueble

Con la sentencia, si el inquilino no entrega, se practica la diligencia de entrega con apoyo de la autoridad. Recibimos el inmueble con usted y dejamos constancia de su estado.

¿Cuántos meses lleva sin recibir el arriendo?

Cuéntenos su caso y le decimos qué causal aplica y cuánto puede tardar.

Contrato escrito o verbal, vivienda o local. Revisamos el contrato y las comunicaciones y le damos un plan concreto. Primera revisión sin costo y sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Cuánto tarda, qué se puede hacer y qué no se debe hacer

Si el inquilino ya le anunció que no se va, o si usted ya intentó algo por su cuenta, cuéntenoslo: lo revisamos con reserva y sin juzgar.

Con el proceso de restitución de inmueble arrendado ante el juez civil, invocando la causal de falta de pago. La ventaja de esta causal es que el inquilino demandado no es oído en el proceso mientras no consigne los cánones que se le reclaman: o paga, o el proceso avanza sin su oposición.

Antes de demandar conviene requerirlo por escrito y dejar prueba de la mora. Lo que no debe hacer es cortar servicios, cambiar cerraduras o sacar sus cosas: eso le expone a una denuncia y le da al inquilino argumentos para defenderse.

Depende de la causal, de la carga del juzgado y de si el inquilino se opone. Por falta de pago, con el contrato y la prueba de la mora en orden, suele ser de los procesos civiles más ágiles. Por otras causales, en las que el inquilino sí puede defenderse, toma más tiempo.

Buena parte de los casos se resuelven antes de la sentencia, con la entrega voluntaria una vez notificada la demanda o mediante un acuerdo de entrega y pago.

Sí. El contrato de arrendamiento puede ser verbal y se prueba por otros medios: consignaciones, recibos, mensajes, testigos, la administración del conjunto. Es más trabajo probatorio, pero no impide la restitución. Lo revisamos y le decimos qué prueba hace falta reunir.

En vivienda urbana el arrendador puede terminar el contrato por causales específicas (por ejemplo, necesitarlo para habitarlo, demolerlo o repararlo) o al vencimiento de determinados plazos, en todos los casos con preaviso escrito de tres meses y, en algunos, con el pago de una indemnización. Si el preaviso se hizo mal, el contrato se prorroga y hay que empezar de nuevo.

En locales comerciales las reglas son distintas: tras dos años el inquilino tiene derecho a la renovación y el desahucio exige seis meses de anticipación por causales tasadas.

Sí. En el mismo proceso de restitución puede reclamarse el pago de los cánones adeudados, los servicios públicos y las demás sumas del contrato, y pedir medidas cautelares sobre bienes del inquilino y de los codeudores. Si hay codeudor o fiador, responde también por esas sumas.

Empecemos por su inmueble

Cuéntenos qué pasa con su inquilino.

Indique si tiene contrato escrito, desde cuándo no le pagan o cuándo venció el plazo. Con eso le decimos qué causal aplica y cuál es el siguiente paso.

  • Revisión del contrato, el preaviso y la prueba de la mora.
  • Plan concreto: requerimiento, demanda y cobro.
  • Propuesta cerrada de honorarios, sin compromiso.

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Asistente G&R Resuelve dudas sobre restitución de inmuebles
Buenos días. Soy el asistente de G&R Legal Corp. Puedo orientarle sobre cómo recuperar un inmueble arrendado por falta de pago, vencimiento del contrato o incumplimiento, y ayudarle a que el despacho revise su caso. ¿Qué pasa con su inquilino?

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